La ERE en la escuela pública
En Latinoamérica, se observa una diversa manera de aplicar la ERE en la escuela pública. Esta desunificación podría perjudicar a la ERE en cuanto a que deje de estar presente por una manera inadecuada de llevarla a cabo.
Uno de los argumentos que se esgrimen a la hora de cuestionar la posibilidad de dictar enseñanza religiosa escolar (ERE) en las escuelas públicas se basa en la laicidad que debería regir a los Estados y en el principio de neutralidad en materia religiosa que se deriva de esto. En Latinoamérica, es común encontrar este tipo de discusiones, que, en algunos casos, resultaron en presentaciones judiciales y en fallos a favor o en contra de esta práctica, como sucedió, por ejemplo, en Argentina y en Brasil en estos últimos años.
En la tierra natal del papa Francisco, a finales de 2017, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la ley provincial que incluía la educación religiosa como parte del currículo escolar de la provincia de Salta. Para la misma época, el Supremo Tribunal Federal desestimó la acción directa de inconstitucionalidad en la que la Fiscalía General cuestionó el modelo de enseñanza religiosa en escuelas públicas del país. Por mayoría de votos, los ministros entendieron que la enseñanza religiosa en las escuelas públicas brasileñas puede tener una naturaleza confesional, es decir, vinculada a las diversas religiones.
La pregunta que está detrás de estas decisiones es: ¿qué implicancias tiene la neutralidad de un Estado en materia religiosa en relación a la posibilidad de brindar ERE en las escuelas públicas? En los distintos países de Latinoamérica, se puede observar que se responde a esta pregunta de manera diversa, lo que deriva en un número similar de países que ofrecen esta disciplina como los que la rechazan. Y, entre los Estados que posibilitan la ERE en la escuela pública, se encuentra un panorama heterogéneo en cuanto al modo de llevarla a la práctica.
Del análisis de sus legislaciones, se podrían establecer las siguientes categorías teniendo en cuenta el modo en que se lleva adelante en Latinoamérica: ERE confesional católica, ERE pluriconfesional, ERE interconfesional o ecuménica y ERE supraconfesional o no confesional.
¿Cómo aplicarla?
Tanto la decisión de aceptar la ERE como la de rechazarla sin dudas son expresión de una serie de opciones que se fundamentan en un entramado de concepciones acerca de la persona, del derecho de las familias de elegir el tipo de educación para sus hijos, de la laicidad de los Estados, del lugar de la religión en la educación, de la igualdad de cultos y de la libertad religiosa, del peso de las tradiciones, del papel de la Iglesia católica y de las demás confesiones religiosas en la sociedad, entre otras.
Pero, junto con estas miradas, hay una cuestión relacionada con el modo de concebir a la ERE que considero que se vuelve determinante a la hora de su admisión para las escuelas públicas. Es la referida a la confesionalidad tanto de los contenidos como la que se supone o busca en los destinatarios. Si bien desde el magisterio de la Iglesia, tanto a nivel universal como local en nuestro continente americano, se remarca en numerosas ocasiones que la ERE es distinta y complementaria de la catequesis, no siempre se aprecia esta distinción en los hechos.
Es a partir de este modo de llevarla a la práctica que empiezan muchos de los cuestionamientos. El problema que surge no es tanto con la confesionalidad de los contenidos, aunque también es cuestionada por algunos y se puede apreciar una tendencia general hacia el modelo no confesional, sino con que se busque la adhesión del estudiante, es decir, se pida confesar la religión que es objeto de enseñanza, misión propia de la catequesis.
Se hace necesario, entonces, seguir revisando el modo de llevar adelante la ERE en la enseñanza para que pueda cumplir con sus objetivos y para que no deje de estar presente en las escuelas públicas por una manera inadecuada de ser llevada adelante. Sería una oportunidad perdida de poder seguir yendo hacia las periferias.
Se hace necesario, entonces,
seguir revisando el modo de llevar adelante la ERE en la enseñanza
RyE Noviembre 2019 N.º 334